Resolución 3246 de 2018 gremio de transporte de carga
GOCARGO comparte con ustedes la Resolución 3246 de 2018, del Ministerio del Transporte, en la cual reglamenta la instalación y uso obligatorio de cintas retroreflectivas para vehículos automotores de carga (turbos, tractomulas, tanques, etc) que transiten en el territorio colombiano.
- Se establecen definiciones para la interpretación y aplicación correcta de la norma.
- Los vehículos tendrán un plazo de tres (3) meses para instalar a partir del pasado 3 de agosto y su incumplimiento dará lugar a las sanciones contempladas en la Ley 769 de 2002 y sus modificaciones (o la que modifique, adicione o sustituya).
- Las condiciones de instalación y uso de acuerdo al tipo vehicular son establecidas a través de los anexos No. 1 y 2 de la Resolución.
- Las cintas a instalar deben cumplir con las condiciones establecidas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través de la Resolución 538 de 2013.
- Régimen de prohibiciones respecto al uso inadecuado de las cintas retrorreflectivas.
- Los Centros de Diagnóstico Automotor, en el procedimiento de revisión técnico-mecánica, verificarán el cumplimiento de la normatividad objeto del presente documento.
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