Resolución 3246 de 2018 gremio de transporte de carga

GOCARGO comparte con ustedes la  Resolución 3246 de 2018, del Ministerio del Transporte, en la cual reglamenta la instalación y uso obligatorio de cintas retroreflectivas para vehículos automotores de carga (turbos, tractomulas, tanques, etc)  que transiten en el territorio colombiano.

  1. Se establecen definiciones para la interpretación y aplicación correcta de la norma.
  2. Los vehículos tendrán un plazo de tres (3) meses para instalar a partir del pasado 3 de agosto y su incumplimiento dará lugar a las sanciones contempladas en la Ley 769 de 2002 y sus modificaciones (o la que modifique, adicione o sustituya).
  3. Las condiciones de instalación y uso de acuerdo al tipo vehicular son establecidas a través de los anexos No. 1 y 2 de la Resolución.
  4. Las cintas a instalar deben cumplir con las condiciones establecidas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través de la Resolución 538 de 2013.
  5. Régimen de prohibiciones respecto al uso inadecuado de las cintas retrorreflectivas.
  6. Los Centros de Diagnóstico Automotor, en el procedimiento de revisión técnico-mecánica, verificarán el cumplimiento de la normatividad objeto del presente documento.
 Resolución 3246 de 2018,
Cintas-retroreflectivas.

 

Fuente:

Colfecar. 

Ministerio de transporte. 

Fotos:

TruckPasión

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